Modificación de Medidas

CAMBIA LAS MEDIDAS ADOPTADAS EN UNA SENTENCIA ANTERIOR DE FORMA SEGURA

Modificar las medidas definitivas acordadas en sentencia de separación, divorcio o relaciones paterno filiales es posible

Asegúrate de contar con el mejor asesoramiento.

Tendrás unas medidas adaptadas a la nueva situación.

 

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Una vez dictada la sentencia de separación, divorcio o regulación de relaciones patrimoniales, comienza una forma de relacionarse entre las personas que en su día convivieron y, por cualquier motivo, decidieron dejaron de hacerlo.

Esa nueva forma de relacionarse está determinada en la sentencia, estableciéndose lo que se llaman medidas definitivas. Para su adopción se tienen en cuenta una serie de circunstancias: capacidades económicas, custodia, distintas necesidades de los progenitores o de los menores, disponibilidad personal de cada uno, etc.

Sin embargo, estas circunstancias pueden verse afectadas durante el transcurso del tiempo y afectar a las medidas definitvas, de forma que dificulten o incluso impidan su cumplimiento tal y como fueron acordadas.

En Legalki te ayudaremos a identificar esos cambios de circunstancias y te ayudaremos  a obtener otras más acordes con la nueva realidad.

Una modificación de medidas  consensuada es la mejor base para un mejor entendimiento y  relación futura, sobre todo cuando hay hijos de por medio.

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  • Rellena el formulario

    Si has decidido confiarnos tu caso solo tienes que rellenar el formulario de abajo. En menos de 24 horas nos pondremos en contacto contigo.

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  • Estudiamos tu caso sin compromiso

    Celebraremos una primera reunión en la que te aclararemos tus dudas, fijaremos los objetivos y te expondremos con todo detalle nuestra manera de conseguirlos.

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  • Intentaremos alcanzar un acuerdo para presentar una demanda de mutuo acuerdo

    Nos pondremos en contacto con la otra parte para firmar una propuesta de modificación de medidas de mutuo acuerdo. Si no fuera posible, valoraremos la conveniencia de presentar una demanda contenciosa.

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  • Tendrás unas medidas acordes con la nueva realidad.

    Una vez firmado el nuevo convenio regulador comenzarás de manera inmediata a disfrutar de las medidas establecidas.

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Por ello, disponemos de nuestra plataforma donde tendrás acceso en todo momento a todo el material relacionado con nuestro caso. 

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¿Cuánto te costará?

Al inicio de la reclamación percibiremos una cantidad fija en concepto de provisión de fondos con la que nos pondremos manos a la obra en la defensa de tu caso.

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  • La cantidad fija en concepto de provisión de fondos con la que nos pondremos manos a la obra es de 250€.
  • Será necesario contar con la información y documentación necesaria (sentencia de separación, divorcio o de regulación de relaciones paterno filiales, variación de las circunstancias que se tuvieron en cuenta para la adopción de medidas definitivas, capacidad económica de los cónyuges, situación laboral, existencia de hijos comunes, etc.) para conocer los extremos sobre los que hay que llegar a un acuerdo, o solicitar la modificación de medidas en el Juzgado.
  • El precio de para la solicitud de una modificación de medidas definitivas depende de la complejidad y del interés económico del acuerdo al que se llegue en la propuesta del convenio regulador. A título orientativo, en caso de que el asunto no tenga especial dificultad el coste del nuevo convenio regulador y el procedimiento judicial sería de 400 €.
  • Si el procedimiento fuera contencioso, dependiendo de su complejidad a partir de 750 €.
  • En ambos casos, sería preceptivo un estudio previo, para personalizar el presupuesto.

* Estas sumas NO incluyen:

  • El I.V.A. correspondiente.
  • Los honorarios de otros profesionales que deban intervenir como, por ejemplo, el procurador (estimados en unos 200 euros).
  • Los gastos derivados de incidentes o los recursos que pudieran tener que plantearse ante la Audiencia Provincial o el Tribunal Supremo.

¿Quién te acompañará?

Abogados familia divorcios

Manuel Soto

Vivienda, Delitos y Familia

Licenciado en Derecho por la Universidad del País Vasco en 1996. Inició mi aventura jurídica ejerciendo como procurador de los tribunales durante cuatro años, tras los cuales se colegió en el Iltre. Colegio de Abogados de Gipuzkoa ejerciendo ininterrumpidamente como abogado desde entonces.

Se dedico a la defensa en general de asuntos penales y civiles, especialmente en asuntos relacionados con la propiedad de inmuebles, familia o violencia de género.

Consciente de la importancia de la formación continua, no duda en participar en cuantas jornadas de formación continua que se  organizan regularmente relativas a estas y otras materias.

Ostenta el título de agente de la propiedad inmobiliaria, es administrador de fincas colegiado y tiene amplios conocimientos en mediación sobre asuntos civiles y mercantiles.

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Modificación de medidas ¿Qué son las medidas definitivas?

En la sentencia de separación, divorcio o regulación de medidas paterno filiales se recogen una serie de medidas que pudieron ser acordadas en un convenio regulador, si el procedimiento se llevó a cabo de mutuo acuerdo, o impuestas por sentencia judicial, si lo fue contencioso.

Entre esas medidas se encuentran, entre muchas otras, el ejercicio de la patria potestad, la determinación sobre la custodia, las visitas, la comunicación o la pensión de alimentos, en los casos en que haya hijos menores, la contribución a las cargas del matrimonio, la pensión compensatoria etc…

Para la adopción de estas medidas se deben tener en cuenta cuáles son las circunstancias particulares. Se debe mirar, por tanto, a la capacidad económica y personal de los cónyuges, a su situación laboral, a la existencia o no de hijos comunes, a las necesidades de estos y a muchos otros elementos.

Modificación de medidas ¿Qué es una modificación de medidas, y en qué momento puede solicitarse?

Con el transcurso del tiempo, las circunstancias tenidas en cuenta para la adopción de las medidas definitivas pueden alterarse de forma que sea conveniente o necesaria la modificación de alguna de estas medidas.

Como ejemplos de alteración de circunstancia tenemos los siguientes:

  • Variación de la situación laboral de los progenitores que implique un cambio de su situación económica, bien mejorándola o empeorándola, y que podría dar lugar a un aumento o disminución de la pensión de alimentos.
  • Variación de la situación laboral o personal de los progenitores, que podría dar lugar a modificar el régimen de visitas, o un cambio de custodia.
  • Variación de las necesidades de los hijos, que podría dar lugar a modificación de alguna de las medidas.

Es importante solicitar la modificación de las medidas definitivas en el momento que haya una variación sustancial de las circunstancias que se tuvieron en cuenta para su establecimiento.

Modificación de medidas ¿Qué requisitos son necesarios para que prospere una modificación de medidas?

Como ya hemos comentado, es necesario un cambio sustancial de alguna de las circunstancias tenidas en cuenta cuando se adaptó la medida que se pretenda modificar.

El cambio debe ser de una entidad suficiente para que la modificación sea acordada.

También  debe ser objetivo y que no pudiera ser previsto inicialmente.

Tiene que ser permanente, de forma que tenga vocación de continuidad, y no provocado por la parte que lo solicita.

Modificación de medidas ¿Qué tipos de procedimientos de modificación de medidas existen judicialmente?

Se puede plantear de mutuo acuerdo o por la vía contenciosa, en función de que exista o no acuerdo sobre los distintos aspectos que deben modificarse.

Siempre es aconsejable intentar el procedimiento de mutuo acuerdo, puesto que es un procedimiento mucho más rápido y se ahorra tanto en coste económico como emocional.

Se presenta en el juzgado que conoció la separación, el divorcio o que estableció la regulación de medidas paterno filiales.

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