Muchos afectados por la cláusula suelo temen no poder recuperar las cantidades cobradas de más después de darse cuenta de que han firmado una cláusula por la que renuncian a reclamarle cantidad alguna a su banco.
Muchos afectados por la cláusula suelo temen no poder recuperar las cantidades cobradas de más después de darse cuenta de que han firmado una cláusula por la que renuncian a reclamarle cantidad alguna a su banco.
Ya lo decíamos... el abogado general Paolo Mengozzi se equivocaba (por no decir que prevaricaba) y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto finalmente a favor de la retroactividad total de los efectos de la nulidad de la cláusula suelo.
La Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo, ha establecido una serie de modificaciones en cuanto al funcionamiento de las sociedades de capital y una de las cuestiones que en cuanto a la responsabilidad del órgano de administración más importantes nos parece es en relación a las reuniones periódicas del Consejo de Administración.
Uno de los presupuestos regulados en el art. 18.2 de la Ley de Propiedad Horizontal para la legitimación a la hora de impugnar un acuerdo comunitario, es la obligación del propietario de haber salvado su voto en la junta. Pero, ¿qué significa esto?
En la mayoría de las pequeñas sociedades en las que tenemos un socio mayoritario y uno o más minoritarios nos encontramos con la pregunta recurrente de estos últimos sobre su derecho a obtener dividendos de la actividad de la empresa. Generalmente se produce en casos de conflicto entre los socios que crearon inicialmente la misma y que ahora no ven retorno a su inversión.